Pensión Civil por Invalidez

NOTA IMPORTANTE: El trámite es gratuito y sencillo, puede ser realizado ante esta Oficina, en las ventanillas del departamento de Atención al Público, en las sedes regionales de Quetzaltenango y Zacapa, por el interesado o su Representante Legal (mandatario debidamente registrado y facultado para firmar todo tipo de documentos relacionados con el trámite de pensiones, extremo que deberá acreditar presentando fotocopia autenticada del mandato) o a través del Portal de Comunicaciones Electrónicas ONSEC -CEO- https://ceo.onsec.gob.gt/login.php

El formulario puede llenarlo a máquina o con letra de molde lo suficientemente clara evitando tachones y enmendaduras no salvadas legalmente. Se recomienda que sea llenado y firmado con tinta azul, en los cuadros marque con una X la información que corresponda y en las casillas anote lo que se le solicita, antes de ingresar el expediente, verifique que no exista discrepancia en la información del beneficiario, así mismo la documentación deberá estar completa DE LO CONTRARIO EL EXPEDIENTE NO SE TENDRA POR ADMITIDO.

Las personas que dejaron de laborar tendrán seis meses (6) a partir de la fecha de entrega de cargo para presentar la solicitud de pensión, CASO CONTRARIO LA FECHA DE PAGO SERÁ LA FECHA DE ADMISIÓN DE LA SOLICITUD.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SOLICITAR LA PENSIÓN: 

  1. Solicitud de Pensión: este formulario lo proporciona la Oficina sin ningún costo. Si el trámite lo realiza el interesado directamente, la firma podrá ser ratificada por el personal que atiende las diferentes ventanillas; en caso que el interesado no pueda realizar el trámite personalmente, la solicitud podrá ser ratificada por el Alcalde Municipal o Gobernador Departamental o con firma Legalizada por notario.
  2. Certificación de Partida de nacimiento del beneficiario (vigente).
  3. Certificación de Antecedentes penales, extendida por el Organismo Judicial (vigente).
  4. Certificación de Servicios prestados al Estado. Estos documentos pueden ser solicitados en las instituciones que se detallan a continuación, según el periodo laborado: 
    • Hasta 1970        –   Contraloría General de Cuentas
    • 1971 a la fecha  –   Oficina Nacional de Servicio Civil*

*Podrá solicitar la Certificación correspondiente que emite la -ONSEC- a través de esta Oficina o en el Portal de Comunicaciones Electrónicas ONSEC -CEO- https://ceo.onsec.gob.gt/login.php

Se deberá solicitar la certificación de servicios a las instituciones del Estado, entidades descentralizadas o autónomas, cuando corresponda (es decir, cuando las entidades antes descritas en el inciso d), no cuenten con la información necesaria). 

e.   Si el interesado labora o laboró en dos instituciones o más, deberá presentar además de las certificaciones de tiempo de servicios de cada una de las            instituciones, CERTIFICACIÓN DE HORARIOS de cada institución.

OTROS DOCUMENTOS:

  1. Dos (2) fotocopias simples del Documento Personal de Identificación -DPI- (vigente).
  2. Certificación del ACTA DE ENTREGA DE CARGO en original y fotocopia (Deberá contener la firma y sello de la persona que certifica y del superior que otorgue el visto bueno) únicamente para las personas que ya entregaron el cargo.
  3. Certificación de Solvencia en original y fotocopia, extendida por la Dirección de Recursos Humanos o equivalente de cada institución donde haya prestado servicios únicamente para las personas que ya entregaron el cargo (Decreto 54-2022. Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veintitrés).
  4. Copia Certificada del Comprobante Único de Registro -CUR- emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas (Deberá ser presentado únicamente cuando el interesado haya contribuido voluntariamente según Articulo 20 de la Ley de Clases Civiles Pasivas del Estado).
  5. Fotocopia del Acuerdo y/o Resolución (Únicamente si el beneficiario percibe otra Pensión del Estado, entidades Descentralizadas o 
  6. Autónomas).
  7. Si está laborando en la Universidad de San Carlos de Guatemala deberá hacerlo de conocimiento a esta oficina, presentando para el efecto fotocopia certificada del nombramiento respectivo, en el que se le acredite que los servicios que presta son de docencia o investigación.

Documentos necesarios para solicitar PENSIÓN CIVIL POR INVALIDEZ  :

  • Deberá presentar los mismos documentos citados anteriormente en este instructivo, agregando CERTIFICACIÓN MÉDICA EXTENDIDA POR LA SECCIÓN DE MEDICINA LEGAL Y EVALUACION DE INCAPACIDADES DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL -IGSS- donde conste la incapacidad que presenta el trabajador civil de Estado.
  • Al momento de presentar su solicitud de Pensión Civil por Invalidez debe estar desempeñando su puesto correspondiente. 

Descarga de Formularios:

 

Procedimiento para realizar el trámite en la Dirección de Previsión Civil de la Onsec:

Recoger formulario gratuito en las ventanillas del departamento de Atención al Público en la ciudad capital (13 Calle 6-77, Zona 1 Edificio Panamericano, Guatemala) o en las sedes regionales de Quetzaltenango (13 avenida 5-19 zona 1, Gobernación Departamental) y Zacapa (13 calle y 16 avenida zona 3, Gobernación Departamental), así como en las sedes departamentales ubicadas en las Gobernaciones Departamentales. El formulario también está disponible en formato electrónico. 

Previo al ingreso del expediente a ésta Oficina, verifique que cuenta con todos los requisitos. Si existiera discrepancia en el nombre del beneficiario en algunos de los documentos, el interesado debe gestionar previamente identificación de persona.

Presentar en las ventanillas del departamento de Atención al Público en la ciudad capital (13 Calle 6-77, Zona 1 Edificio Panamericano, Guatemala) o en las sedes regionales de Quetzaltenango y Zacapa el formulario de solicitud con la documentación reglamentaria para la conformación del expediente respectivo, el cual, posteriormente es analizado y calificado para verificar el cumplimiento y admisión de los requisitos de fondo y forma al tenor de lo establecido en la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado y su reglamento. En las sedes departamentales ubicadas en las Gobernaciones Departamentales no se reciben expedientes de primer ingreso.

Una vez admitida la solicitud, se procede a realizar la liquidación (si es pertinente), la cual es enviada al Departamento de Clases Pasivas de la Dirección de Control y Verificación Interinstitucional de la Contraloría General de Cuentas para su aprobación o improbación.

Aprobada la liquidación, se procede a notificar al interesado de dicho documento, así mismo se le hace el requerimiento de certificación de solvencia.

Si este manifiesta su conformidad con la liquidación practicada y acredita documentalmente que ya no labora para el Estado, o entidad descentralizada o autónomas, se procede a la emisión del Acuerdo.

Se notifica el Acuerdo al interesado y se envía dicho Acuerdo junto con la Certificación de Solvencia al Ministerio de Finanzas Públicas para el pago respectivo.

Tiempo de respuesta:

Los plazos se encuentran establecidos en el artículo 31 de la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado. 

Seguimiento a expedientes:

Para conocer la fase en que se encuentra su expediente, tiene las siguientes alternativas:

  • Ingresar sus datos completos y número de expediente en la sección de consultas en línea: https://consultasip.onsec.gob.gt/ y el sistema indicará en qué fase se encuentra su expediente.
  • Comunicarse vía telefónica al: PBX. 2321-4800 opción 2.

Si ingresó su trámite en las sedes regionales puede consultar mediante correo electrónico:

Sede Oficina Regional Zacapa: regionalzacapa@onsec.gob.gt

Sede Oficina Regional Quetzaltenango: regionalxela@onsec.gob.gt

Normativa aplicable al trámite:

La Constitución Política de la República de Guatemala; Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, Decreto Número 63-88 del Congreso de la República y su Reglamento de la Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado, Acuerdo Gubernativo Número 1220-88 del Presidente de la República, Acuerdo Ministerial 341-2018 del Ministerio de Finanzas Públicas y otras que se encuentren relacionadas, dependiendo del caso en concreto, por citar ejemplos: Ley de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia, Ley del Organismo Judicial, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Civil, Código de Notariado, entre otros.

 

EL TRÁMITE DE PENSIONES ES GRATUITO

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