Bono de Antigüedad

DESCRIPCIÓN:

El bono por antigüedad es un incentivo otorgado por el Gobierno por medio de Acuerdo Gubernativo 838-92 a los servidores de la Administración Pública que cumplan cinco años de servicios ininterrumpidos dentro de la administración pública y cuyo puesto no se encuentre dentro de las excepciones que establece el acuerdo citado.

REQUISITOS:

Debe elaborarse una nómina de personal, la cual debe estar debidamente certificada, firmada y sellada por la persona que la autoriza, dentro de su contenido debe consignarse la siguiente información:

  1.      Nombre y apellidos completos;
  2.      Fecha de ingreso;
  3.      Partida presupuestaria completa;
  4.      Puesto que ocupa;
  5.      Número de años de servicios prestados;

Si alguna persona que adquiere al derecho de bono por antigüedad ha laborado en más de una dependencia deberá adjuntarse a la Nómina, la certificación de servicios de esa o esas instituciones.

  1. Elaborar oficio por medio del cual se traslada la nómina a la ONSEC
  2. Enviar a la ONSEC la nómina en original y copia.

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