DESCRIPCIÓN:
El bono por antigüedad es un incentivo otorgado por el Gobierno por medio de Acuerdo Gubernativo 838-92 a los servidores de la Administración Pública que cumplan cinco años de servicios ininterrumpidos dentro de la administración pública y cuyo puesto no se encuentre dentro de las excepciones que establece el acuerdo citado.
REQUISITOS:
Debe elaborarse una nómina de personal, la cual debe estar debidamente certificada, firmada y sellada por la persona que la autoriza, dentro de su contenido debe consignarse la siguiente información:
- Nombre y apellidos completos;
- Fecha de ingreso;
- Partida presupuestaria completa;
- Puesto que ocupa;
- Número de años de servicios prestados;
Si alguna persona que adquiere al derecho de bono por antigüedad ha laborado en más de una dependencia deberá adjuntarse a la Nómina, la certificación de servicios de esa o esas instituciones.
- Elaborar oficio por medio del cual se traslada la nómina a la ONSEC
- Enviar a la ONSEC la nómina en original y copia.