La Dirección de Puestos y Remuneraciones de la ONSEC emitió opinión viable a los proyectos de Acuerdo Gubernativo que contienen las propuestas de un nuevo Reglamento Orgánico Interno de la Secretaría General de la Presidencia, y reforma de la estructura orgánica interna del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
Dicha acción se realizó luego de elaborar los estudios técnicos que mandata la ley de la materia, con el propósito de renovar la estructura orgánica interna de la Secretaría General de la Presidencia y reformar parcialmente la que corresponde al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda; y lograr con ello que las mismas se ajusten a las necesidades que demanda la planificación estratégica institucional, para cumplir con las funciones y objetivos institucionales trazados en su área de competencia.
En febrero y marzo de 2020 se realizaron varias reuniones de trabajo con personal de la Secretaría General de la Presidencia para dar el acompañamiento necesario tanto para la elaboración de la propuesta de Reglamento Orgánico Interno, como del estudio técnico y los dictámenes internos respectivos.
En el caso del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, se dio acompañamiento en la creación de la plaza de Viceministro de Edificios Estatales y Obra Pública, lo que conllevó a plantear la reforma del Reglamento Orgánico Interno de dicha Cartera Ministerial.
Con el Dictamen favorable emitido por la Oficina Nacional de Servicio Civil, ambas Instituciones continuarán el trámite ante la Dirección Técnica del Presupuesto del Ministerio de Finanzas Públicas y los demás entes a los que les corresponde emitir opinión según la norma que regula este tipo de acciones, para su posterior aprobación por parte del Presidente de la República.
El Reglamento Orgánico Interno -ROI-, es el instrumento legal por medio del cual cada Institución del Organismo Ejecutivo define su organización, estructura orgánica y funciones de conformidad con la ley mecanismos de coordinación y autoridad para su adecuado funcionamiento. La aprobación o modificación de dicho Reglamento debe contar con Dictámenes favorables de: Recursos Humanos, Unidad de Administración Financiera y Asesoría Jurídica de la propia Institución, Oficina Nacional de Servicio Civil, Dirección Técnica del Presupuesto del Ministerio de Finanzas Públicas y Procuraduría General de la Nación.
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Guatemala, 16 de julio de 2020.